NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 140, del 12 al 18 de septiembre de 2011
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NO lo son pues Ceuta y Melilla no forman parte del territorio aduanero comunitario. Las mercancías comunitarias enviadas a Ceuta y Melilla son consideradas como EXPORTACIONES y las mercancías originarias de Ceuta y Melilla que se introduzcan en el territorio aduanero comunitario deberán tramitarse como IMPORTACIONES.