NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 189, del 1 al 7 de octubre de 2012
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Exportación aceite de oliva

Las autoridades brasileñas permitirán la entrada del aceite de oliva español cuya exportación vaya acompañada de un certificado y de un informe de ensayos emitidos porel Servicio de Inspección SOIVRE.

El pasado 1 de agosto de 2012 entró en vigor en Brasil la Norma nº 1, de 30 de enero de 2012, del Ministerio de Agricultura (MAPA) de dicho país, por la que se establece un Reglamento Técnico para el aceite de oliva y de orujo de oliva.

Este Reglamento establece:

  • la clasificación de los aceites
  • las características y requisitos mínimos de calidad
  • el etiquetado que han de cumplir
  • la posibilidad de la realización, por parte de las autoridades competentes de aquel país, de los ensayos pertinentes, o la exigencia de informes de ensayo emitidos por parte de laboratorios autorizados por dichas autoridades, antes de su importación en Brasil. 

El cumplimiento de este Reglamento es obligatorio para la importación de aceite de oliva en aquel país.

Servicio de Inspección SOIVRE de la Secretaría de Estado de Comercio

Con el fin de facilitar la exportación del sector español, y teniendo en cuenta que las exportaciones españolas de aceite de oliva están sometidas a un control de calidad comercial por parte del Servicio de Inspección SOIVRE de la Secretaría de Estado de Comercio, se ha alcanzado un acuerdo con las Autoridades brasileñas (Ministerio de Agricultura Pesca y Abastecimiento) para el reconocimiento de este control SOIVRE en origen, como suficiente para garantizar el cumplimiento del Reglamento brasileño de aceites de oliva y de orujo de oliva y evitar al máximo los controles en destino.

Este acuerdo, canalizado a través de la Oficina Comercial de España en Brasilia, se ha podido cerrar gracias a la coincidencia en los requisitos de calidad exigidos por el Reglamento brasileño y por la legislación comunitaria (Reglamento (CE) 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis), y al conocimiento, por parte de las autoridades brasileñas, del funcionamiento y actividades del  Servicio de Inspección SOIVRE, y en particular, la del control en la exportación.

En la práctica

En términos prácticos, el acuerdo supone que las autoridades brasileñas pueden autorizar la entrada en Brasil de las exportaciones españolas de aceite de oliva que vayan acompañadas de un Certificado de calidad comercial emitido por el Servicio de Inspección SOIVRE en su salida de España, así como de un informe de ensayos que el citado Servicio proporcionará junto al mismo, y que habrá sido emitido tras la realización del correspondiente análisis en uno de los laboratorios de la red SOIVRE, que han sido reconocidos a tal efecto por las Autoridades brasileñas. La emisión de la certificación y el informe es gratuita.

Ya se han efectuado de forma satisfactoria las primeras exportaciones realizadas dentro del acuerdo.