NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 209, del 4 al 10 de marzo de 2013
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Una empresa pregunta...

El Certificado EUR.1 es un documeto que acredita que las mercancías que se exportan tienen origen preferencial UNIÓN EUROPEA.

Cuando en comercio internacional se habla de origen de las mercancías, NO se habla del lugar del que parte el transporte de la mercancía, sino del lugar del cual es originaria, es decir, el lugar donde ha sido producida o fabricada, o bien el último país en el que se hayan realizado transformaciones suficientes que le hayan conferido un nuevo origen.

Si exportamos una mercancía a MARRUECOS, país con el que la UNIÓN EUROPEA tiene firmado un Tratado de Libre Comercio, las mercancías que pueden beneficiarse de la reducción arancelaria a la importación en este país, son exclusivamente los productos fabricados o suficientemente tranformados en la Unión Europea.

Los productos fabricados por la empresa consultante podrán documentarse con un EUR.1. Las mercancías fabricadas integramente en CHINA, no puede ir con un Certificado EUR.1

La empresa exportadora es la responsable de declarar correctamente el origen de las mercancías y contar con todas las pruebas que lo justifiquen.

NOTA IMPORTANTE de la Oficina Comercial Española en Casablanca


"Con la eliminación de los aranceles para los productos industriales de la UE se han producido algunas prácticas fraudulentas amparando mercancías procedentes de China como mercancía de origen UE. Las Aduanas marroquíes están procediendo a verificar la autenticidad de los certificados EUR. En el despacho en aduanas de las mercancías puede exigirse  consignar el 25% del valor declarado de las mercancías, hasta que aporten la confirmación de autenticidad del certificado EUR1. La devolución posterior de ese importe puede tardar hasta 10 meses"

MÁS INFORMACIÓN: Area de Internacionalización de la Cámara de Comercio de Zaragoza: exterior@camarazaragoza.com