NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 270, del 2 al 8 de junio de 2014
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La UE, tiene acuerdos bilaterales preferenciales con determinadas zonas económicas o países con preferencias arancelarias.

Para gozar de este beneficio hay que justificar el origen de la mercancía. Para justificar el origen de una mercancía y poder acogerse a algún  tipo de preferencia o beneficio arancelario deberá aportarse prueba de que la mercancía es originaria del país para el que esté establecido dicho beneficio.

Esta prueba puede aportarse de dos maneras distintas. Mediante la presentación de un  certificado de origen FORM-A en el caso de países exportadores acogidos al Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) o un certificado  EUR-1, EUROMED o ATR en el caso de preferencias creadas por acuerdos entre la UE y países terceros.

También se puede justificar el origen mediante el procedimiento simplificado de declaración en factura, extendidas por un exportador que efectúa envíos inferiores a 6.000 euros, o por un -exportador autorizado- en el caso de envíos superiores. De acuerdo con esta declaración es el propio exportador el que justifica el origen preferencial de la mercancía, pues en tal sentido dispone de la autorización del país de exportación.

Fuente: Cámara de Comercio de Huesca.