NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 271, del 9 al 15 de junio de 2014
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Los productos de origen animal pueden contener agentes patógenos causantes de enfermedades infecciosas en los animales. Debido al riesgo de introducción de enfermedades, existen procedimientos estrictos para la importación de algunos productos de origen animal en la Unión Europea (UE).

 

Esos procedimientos no se aplican a los movimientos de productos de origen animal:

 

  • entre los 27 Estados miembros de la UE
  • o procedentes de Andorra, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza

Para el resto de países, la primera norma es que todos los productos de origen animal deberán entregarse al llegar a la UE para eliminarlos de manera oficial. La no declaración de estos productos podrá sancionarse. Y por tanto:

 

LA ENTRADA DE PRODUCTOS CÁRNICOS Y LÁCTEOS EN EL EQUIPAJE PERSONAL ESTÁ PROHIBIDA, con las siguientes excepciones:

 

  • Pequeñas cantidades de carne, leche y productos derivados de la carne y la leche (con excepción de la leche en polvo para lactantes, alimentos para lactantes y alimentos especiales o comida especial para animales de compañía que sean necesarios por razones médicas)
    Solo puede traer o enviar a la UE partidas personales de carne, leche y productos derivados de la carne y la leche (con excepción de la leche en polvo para lactantes, alimentos para lactantes y alimentos especiales o comida especial para animales de compañía que sean necesarios por razones médicas) si proceden de Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o Islandia, y su peso no supera 10 kilogramos por persona.
  • Leche en polvo para lactantes, alimentos para lactantes y alimentos especiales que sean necesarios por razones médicas. Solo puede traer o enviar a la UE partidas personales de estos si:
    - proceden de Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o Islandia, su peso combinado no supera 10 kilogramos por persona y:
         - no precisan ser refrigerados antes de su consumo
         - son productos de marca comercial envasados
         - su envase está intacto, salvo que se estén utilizando
    - proceden de otros países (distintos de Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o Islandia) y:
         - su peso combinado no supera 2 kilogramos por persona y no precisan ser refrigerados antes de su consumo
         - son productos de marca comercial envasados;
         - su envase está intacto, salvo que se estén utilizando
  • Alimentos para animales de compañía que sean necesarios razones médicas. Solo puede traer o enviar a la UE partidas personales de estos si:
    - proceden de Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o Islandia, su peso combinado no supera 10 kilogramos por persona y:
         - no precisan ser refrigerados antes de su consumo
         - son productos de marca comercial envasados
         - su envase está intacto, salvo que se estén utilizando
    - proceden de otros países (distintos de Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o Islandia) y:
         - su peso combinado no supera 2 kilogramos por persona y no precisan ser refrigerados antes de su consumo
         - son productos de marca comercial envasados;
         - su envase está intacto, salvo que se estén utilizando
  • Pequeñas cantidades de productos de la pesca para el consumo humano particular
    Solo puede traer o enviar a la UE partidas personales de productos de la pesca (incluido el pescado fresco, seco, cocinado, curado o ahumado y algunos mariscos, como langostinos, bogavantes, mejillones muertos y ostras muertas) si:
    - el pescado fresco está eviscerado
    - el peso por persona de los productos de la pesca no supera 20 kilogramos, o el peso de un pescado, si es superior a ese límite. Estas restricciones no se aplican a los productos de la pesca procedentes de las Islas Feroe o de Islandia.
  • Pequeñas cantidades de otros productos de origen animal para el consumo humano particular.
    Solo puede traer o enviar a la UE partidas personales de otros productos de origen animal, como la miel, las ostras vivas y los mejillones y caracoles vivos si:
    - proceden de Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o Islandia y su peso combinado no supera 10 kilogramos por persona;
    - proceden de otros países (distintos de Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o Islandia) y su peso combinado no supera 2 kilogramos por persona. Observe que puede traer pequeñas cantidades de productos de origen animal de varias de las cinco categorías anteriores (puntos 1 a 5) si cumplen las normas expuestas en cada uno de los puntos pertinentes.
  • Cantidades superiores de productos de origen animal
    Solo puede traer o enviar a la UE cantidades superiores de productos de origen animal que cumplan los requisitos de los envíos comerciales, concretamente:
    - los requisitos de certificación, tal como se establecen en el correspondiente certificado veterinario oficial de la UE
    - la presentación de las mercancías, con la documentación adecuada, en un puesto de inspección fronterizo de la UE autorizado para el control veterinario, al llegar a la UE
  • Productos animales no sujetos a estas normas:
    - pan, pasteles, galletas, chocolate y artículos de confitería (incluidos los dulces) que no estén mezclados ni rellenos con producto cárnicos
    - complementos alimenticios envasados para el consumidor final
    - extractos y concentrados de carne
    - aceitunas rellenas de pescado
    - pasta y fideos que no estén mezclados ni rellenos con productos cárnicos
    - consomés y aromatizantes envasados para el consumidor final
    - cualquier otro producto alimenticio que no contenga carne o productos lácteos frescos o procesados o que contenga menos de un 50 % de huevos procesados o productos de la pesca. 
  • Productos animales de especies protegidas
    Pueden existir restricciones adicionales para algunas especies protegidas. Por ejemplo, para el caviar de las distintas especies de esturión, el límite de peso es de 125 gramos por persona.

Fuente: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente