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Recuperación del IVA para empresas extranjeras

La Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza ofrece a todas las empresas extranjeras que realizan operaciones en España -sin tener residencia fiscal- la posibilidad de recuperar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) desembolsado por prestación de servicios.
La Administración Fiscal española devuelve las cuotas de IVA a empresas no establecidas en España, siempre y cuando sean sujetos pasivos de IVA en los siguientes países:
  • Alemania
  • Austria
  • Bélgica
  • Bulgaria
  • Canadá
  • Chipre
  • Corea del Sur
  • Croacia
  • Dinamarca
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Mónaco
  • Grecia
  • Holanda
  • Hungría
  • Irlanda
  • Islandia
  • Israel
  • Italia
  • Japón
  • Letonia
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Macedonia
  • Malta
  • Noruega
  • Polonia
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República Checa
  • Suecia
  • Suiza
  • Turquía
En España, con carácter general, los conceptos por los que se puede recuperar el IVA son:
  • Participación en ferias (alquiler de stand, servicios, etc.)
  • Alojamiento en hoteles
  • Restaurantes
  • Transporte de mercancías

DOCUMENTACIÓN


El expediente a presentar ante la Administración Fiscal Española debe incluir, junto con el formulario de solicitud, la siguiente documentación:
  • Facturas originales de los servicios recibidos debidamente cumplimentadas. Toda factura deberá incluir la siguiente información:
    • Deberá estar emitida a nombre de la empresa
    • Contener el nombre completo, domicilio y nº de identificación fiscal del emisor y destinatario de la factura
    • Descripción detallada de las operaciones, con importes individuales y totales
    • Fecha y nº de factura
    • Tipo de IVA aplicado a las operaciones
  • Certificado emitido por la Administración del Estado en que se encuentre establecido el interesado justificando su condición de sujeto pasivo de IVA o impuesto análogo en dicho Estado, especificando el número de identificación en su país y la actividad que realiza.
  • Modelo de Representación, autorizando a la Cámara de Zaragoza a solicitar en su nombre la recuperación de IVA. Las empresas establecidas fuera de la Unión Europea deberán presentar el poder con firma legitimada ante notario.
  • Ficha de datos de la empresa y datos bancarios.
  • Documento de solicitud del servicio de recuperación de IVA.

COSTE


El coste por la tramitación del servicio prestado es del 10% del IVA efectivamente recuperado, con un mínimo de 60 Euros por expediente.

FORMULARIOS

MÁS INFORMACIÓN


Área de Internacionalización
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Teléfono Teléfono: 976 30 61 61  (Ext. 224)    Correo electrónico Correo electrónico: epellejero@camarazaragoza.com
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