Cámara de Zaragoza
Plan de Impulso al Medio Ambiente en el sector hotelero PIMA Sol
Objeto y ámbito de aplicación
1. Constituye el objeto de este real decreto la regulación del procedimiento específico de compra de derechos de emisión futuros a los titulares de alojamientos turísticos que proyecten la ejecución de obras que reúnan los requisitos que se disponen en la presente norma, por el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2) previsto en el artículo 91 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
2. El presente real decreto es de aplicación a los alojamientos turísticos situados en España. Se entiende por alojamiento turístico, a los efectos de este real decreto, toda establecimiento destinado de forma permanente al hospedaje o alojamiento colectivo, en régimen residencial, de los grupos 681, 682, 683 y 684 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Fecha publicación: 6 de septiembre de 2013