Normativas publicadas en el BOA/BOE de 30 de junio de 2020
NORMATIVA ESTATAL. BOE de 30 de junio de 2020.
El 11 de junio, la Comisión Europea presentó su Comunicación sobre la tercera evaluación de la aplicación de las restricciones temporales de viajes no imprescindibles a la Unión Europea. En ella recomienda, para después del 15 de junio, un proceso gradual para el levantamiento de las restricciones que, en cualquier caso, consta de un tramo inicial, hasta el 30 de junio, en el que se mantienen las medidas vigentes en la actualidad.
A partir del 1 de julio de 2020, las restricciones de viajes desde países terceros serán levantadas progresivamente en todo el espacio Schengen. Basándose fundamentalmente en la situación epidemiológica, se elaborará un listado inicial de terceros países a los que aplicar el levantamiento de forma progresiva y siguiendo criterios de reciprocidad. Este listado se irá modificando periódicamente, con altas y bajas. En paralelo, se incluirán nuevas categorías de viajeros que quedan exentas de las restricciones, independientemente de su lugar de procedencia. Por lo que se refiere al listado de terceros países, la referencia se ha de entender hecha a la residencia en ellos, no a la posesión de la nacionalidad de esos países.
En la presente orden ministerial aún no se aplica el mencionado listado, pues se están finalizando los trabajos sobre el mismo, sin perjuicio de que, mediante modificaciones o nuevas órdenes futuras, se pueda comenzar a tener en cuenta el criterio geográfico cuando quede definido a nivel de la Unión Europea.
NORMATIVA AUTONÓMICA. BOA 30 de junio de 2020.
Con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, esta Orden desarrolla una de las líneas de ayudas que se contempla en los programas de ejecución del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón. Concretamente, dentro del área de comercio, ferias y artesanía, se contemplan dos líneas de subvenciones para las entidades sin ánimo de lucro de empresarios de comercio, una para la realización de actuaciones de promoción y dinamización comercial, y otra línea para la digitalización y la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) al sector comercial.