Cámara de Zaragoza
TE AYUDAMOS A CRECER. CHEQUE TECNOLÓGICO IBERCAJA
¿Qué es?
El cheque de innovación tecnológica, es una ayuda económica para la implantación real de innovaciones tecnológicas en las pymes, desarrolladas por grupos/centros de investigación aragoneses, en las vertientes siguientes:
- Que la innovación tecnológica haya sido desarrollada como consecuencia de estudios y /o diagnósticos tecnológicos previos realizados individualmente a la empresa beneficiaria.
- Que la innovación tecnológica proceda de un desarrollo propio del grupo / centro de investigación y que pueda aplicarse a la empresa solicitante
Esta acción parte del Gobierno de Aragón a través de la Fundación ARAID y cuenta con el apoyo económico de IBERCAJA OBRA SOCIAL.
Las ayudas alcanzarán un valor máximo de 8.000 euros, que será entregado por ARAID a las empresas beneficiarias en forma de cheque para la contratación de asistencia técnica en innovación tecnológica.
Los objetivos de esta acción son:
- Fomentar la innovación en las pymes en el ámbito tecnológico.
- Facilitar el establecimiento de relaciones y conocimiento entre las pymes y los grupos/ centros de investigación tecnológica de nuestra Comunidad.
- Ayudar a la transferencia y aplicación de conocimientos tecnológicos de nuestros grupos de investigación / centros tecnológicos al sector empresarial.
¿Quién puede solicitar un cheque?
Cualquier pyme que tenga su sede social o establecimiento de producción en la Comunidad Autónoma aragonesa y cuyo proyecto objeto de ayuda esté localizado en este territorio.
¿Cómo solicitarlo?
- La empresa solicita la ayuda realizando una memoria o descripción del proyecto y se envía a ARAID, junto con una carta del representante del grupo de investigación con el que se va a realizar la acción.
- ARAID, evalúa el proyecto, en un plazo inferior a un mes, comunicando su incorporación o justificando su no aceptación en el programa.
- Aquéllas empresas cuyo proyecto se vaya a incorporar al programa, deberán presentar antes de recibir su cheque tecnológico la documentación legal necesaria.
- Recibida toda la documentación, se dará a la empresa los documentos acreditativos de su cheque, que no podrá ser cobrado hasta que se haya finalizado la actuación propuesta.
- Una vez realizada la actuación, según la memoria presentada, ARAID verificará la implantación de la misma y, previa presentación de la factura del grupo investigador, se podrá cobrar la ayuda o “cheque de innovación tecnológica”.
¿Qué proyectos se pueden realizar?
Aquéllos proyectos que supongan para la empresa la incorporación real de nuevos conocimientos y /o tecnologías necesarias para innovar en un producto, proceso de producción o prestación de servicio.
Los ámbitos de aplicación preferentes son:
- Tecnologías avanzadas de procesos industriales.
- Tecnologías avanzadas de control de procesos.
- Procesos de diseño y mejora de productos.
- Nuevos materiales
- Tecnologías de sostenibilidad y medioambiente.
- Biotecnología y tecnologías aplicadas a la alimentación, salud y confort.
- Tecnologías avanzadas de logística, transporte y distribución.
- Validación tecnológica de productos.
- Diseño de productos y servicios orientados a personas.
- Tecnologías de comunicación avanzada.
Obligaciones del beneficiario del cheque
El beneficiario no podrá obtener más de un cheque por convocatoria.
Si el coste de la actuación es inferior a 8.000 euros ARAID subvencionará exclusivamente ese coste.
Dos o más beneficiarios podrán agrupar sus cheques para contratar con un mismo centro proveedor, la resolución de un problema de interés común. En este caso, cada una de las empresas aportará su cheque de innovación tecnológica como pago de la asistencia técnica contratada.
La concesión de esta ayuda se tramitará y resolverá siguiendo el orden de presentación de las solicitudes, y hasta finalización de los fondos destinados al programa.
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Última actualización: 20 de abril de 2012