Impuesto especial sobre los envases de plástico no reciclado

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Impuesto especial sobre los envases de plástico no reciclado

Impuesto especial sobre los envases de plástico no reciclado

La Ley 7/2022, de 8 de abril, introdujo en el sistema tributario español una nueva figuras impositivas de naturaleza indirecta que gravará el uso de envases de plástico no reutilizables a partir del 1 de enero de 2023.

El impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables grava la fabricaciónimportación y las adquisiciones intracomunitarias de los envases de plástico no reutilizables y aquellos envases no reutilizables que contengan plástico, con un tipo impositivo de 0,45 € / kilogramo de plástico no reciclado a su entrada en el territorio de aplicación del impuesto, que para este impuesto coincide con la totalidad del territorio español.

Su finalidad es el fomento de la prevención de la generación de residuos de envases de plástico no reutilizables, así como el fomento del reciclado de los residuos plásticos, contribuyendo a la circularidad de este material.

¿A qué productos afecta? Se incluyen en este impuesto los siguientes productos:

En las importaciones, el devengo se producirá conforme a lo previsto al efecto en relación con el nacimiento de la deuda aduanera, nacimiento del impuesto a liquidar en el momento de la admisión del DUA y por tanto se deberá consignar la cantidad de plástico no reciclado importado en el apartado que proceda de la declaración aduanera de importación.

Entre otras exenciones tipificadas en esta ley, existe una exención del impuesto en la importación o adquisición intracomunitaria de los envases no reutilizables que contengan plástico, siempre que el peso total del plástico no reciclado contenido en dichos envases objeto de la importación o adquisición intracomunitaria no exceda de 5 kilogramos en un mes.

Los importadores estarán sujetos a la liquidación del impuesto, pero a diferencia de los adquirentes comunitarios, fabricantes comunitarios, así como los representantes de los no establecidos en territorio español, no tendrán obligación de inscribirse en el registro territorial correspondiente a la Oficina Gestora de IIEE ni de la presentación de autoliquidación y/o llevanza de contabilidad o registro de existencias.

En este enlace de la Agencia Tributaria se puede consultar más información sobre los elementos básicos del impuesto, la base imponible, los tipos impositivos, cómo se calcula la cuota del impuesto, los beneficios fiscales previstos en la normativa, las principales obligaciones tributarias y cómo afecta a las formalidades aduaneras de importación.

Además la Agencia Tributaria ha diseñado una herramienta interactive para ofrecer información general sobre los aspectos más destacados a tener en cuenta del nuevo impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables. Puedes probarla en este enlace.

Última actualización: 28 de noviembre de 2022

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