COMERCIO Y TURISMO

Ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

[EXTRACTO DE LA ORDEN]

ORDEN COMPLETA

BENEFICIARIOS

a) A las ayudas destinadas a pequeñas y medianas empresas del sector comercial minorista; las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón. Obligatoriamente deberán poseer y realizar su actividad comercial en un establecimiento físico permanente, inscrito en el registro de actividades comerciales.

La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2, los cuales se encuentran incluidos en algunos de los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Activdades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Ecnómicas 2009 (CNAE-2009), cumpliendo por tanto la exigencia prevista en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio de 19 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Comercio.

b) A las ayudas destinadas a las asociaciones sin ánimo de lucro; así como las entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones legalmente constituidas y con sede social en Aragón que, tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.

2. Quedan excluidas del concepto de beneficiario las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución. También quedan excluidas las empresas dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específicas, que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón, citadas en su artículo 2, apartado 3, así como los establecimientos no permanentes o los dedicados total o parcialmente a la prestación de servicios, salvo que acrediten fehacientemente que su actividad principal es la comercial en la venta de bienes integrados en alguno de los epígrafes previstos en la convocatoria.

3. El beneficiario de la ayuda cuando se trate de PYMES deberá ser titular de al menos un establecimiento, incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Las actuaciones subvencionables deberán ser ejecutadas dentro del periodo de gasto subvencionable y se destinarán a financiar las siguientes actividades:

3.1. Actividades dirigidas a la transformación digital.

3.2. Actuaciones dirigidas a la transformación del punto de venta.

3.3. Sostenibilidad y economía circular.

3.4. Cadena de suministro y trazabilidad.

4. Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan de manera inequívoca a la realización de las actividades subvencionables descritas anteriormente y que se deriven de los conceptos que se describen a continuación:

4.1. Gastos dirigidos a la transformación digital.

– Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.

– Inversión en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.

– Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.

– Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.

– Soluciones en ciberseguridad.

– Plataformas para la mejora de la comunicación interna dentro de un negocio, entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los clientes.

– Creación y mejora de webs.

– Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes (Apps) u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios.

– Creación y mejora de Marketplaces.

– Mejora a la accesibilidad de los contenidos digitales para personas con discapacidad.

– Hardware y software dirigido a actuaciones de realidad virtual y/o aumentada para la promoción comercial.

4.2. Gastos referidos a transformación del punto de venta.

– Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.

– Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, toma de decisiones, su potencial transmisión o relevo generacional.

– Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.

– Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva visita previa.

– Adquisición de mobiliario tecnológico que mejore la experiencia de compra en el establecimiento físico.

– Incorporación de técnicas de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes.

– Instalación de punto de entrega inteligentes.

4.3. Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular.

– Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.

– Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización.

– Pantallas o sistemas de información que contribuyan al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, mostrando información sobre temperatura y humedad.

4.4. Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad.

– Plataformas colaborativas productor local, pyme comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.

– Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de `Km 0´ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.

– Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución, tanto en el lineal como durante su envío y distribución.

– Optimización del surtido ofrecido en el lineal físico y online.

– Sistemas que mejoren la carga y descargas en las áreas comerciales urbanas, mediante la apertura en remoto de las persianas por terceros, bien sea a través de una web, de una app o de un sistema de códigos enviado por el comerciante, en tiempo real o diferido y con garantías de seguridad para el comerciante.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 6 de junio de 2023

Última actualización: 24 de mayo de 2023

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