Cámara de Zaragoza

Ayudas ahorro y diversificación energética 2013

Ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables e infraestructuras energéticas.

Título completo: ORDEN de 25 de enero de 2013 del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan para el ejercicio 2013, ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables e infraestructuras energéticas.

Ámbito: Aragón

Convocante: Departamento de Industria e Innovación

Plazo de presentación: El plazo para la presentación de las solicitudes correspondientes a la presente orden finaliza el 1 de marzo de 2013.

Destinatarios:

1. Para las actuaciones y materias a las que se refiere la disposición 2.A.1 y 2.A.3:

Las empresas privadas y autónomos, las corporaciones locales, las instituciones sin ánimo de lucro, las comunidades de propietarios y los particulares que realicen inversiones en proyectos relacionados con las acciones que se enumeran en dichas disposiciones.

2. Para las actuaciones y materias a las que se refiere la disposición 2.A.2:

Todas aquellas entidades, empresas o particulares que pretendan realizar inversiones en electrificación o gasificación en el medio rural. En estos casos, podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos e Instituciones o entidades sin ánimo de lucro cuando sean titulares, total o parcialmente, de la instalación, sin perjuicio de que la instalación de enlace al sistema eléctrico o gasista pueda, posteriormente, ser cedida a la empresa distribuidora, como receptora de la energía vehiculada.

3. La concesión de ayudas a Entidades Locales estará supeditada a la aprobación por la Entidad Local beneficiaria de un Plan de Racionalización de gasto con el alcance y contenido establecido en los Acuerdos de la Comisión de Subvenciones y Ayudas de 2012 relativos al Plan de racionalización de las entidades locales de Aragón.

Se excluye de la obligación de aprobar dicho plan a los municipios de menos de 1000 habitantes y a aquellos municipios que tengan un Plan económico-financiero en vigor aprobado por la Comunidad Autónoma y acrediten su cumplimiento tanto en el momento de la solicitud de la subvención o ayuda como en el momento de su justificación.

Objeto:

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio del año 2013, la concesión de las subvenciones establecidas en el Decreto 216/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables e infraestructuras energéticas.

Proyectos subvencionables:

A. Podrán ser objeto de subvención las actuaciones realizadas y efectivamente pagadas entre el 16 de octubre de 2012 y el 30 de septiembre de 2013, en materia de:

1. Ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables:

1.1. Minihidráulica.

Minicentrales con potencia inferior a 5 MW correspondientes a nuevas concesiones o a la rehabilitación y modernización de centrales ya existentes también con una potencia inferior a 5 MW. Podrá subvencionarse hasta un máximo del 20 % del coste elegible de la inversión.

1.2. Biomasa

1.2.1. Utilización de la biomasa para producción de energía térmica para uso residencial e industrial. Podrá subvencionarse hasta un máximo del 40% del coste elegible de la inversión.

1.2.2. Utilización de la biomasa para producción conjunta de energía térmica y eléctrica, o eléctrica, para uso residencial e industrial. Hasta un máximo del 10% del coste elegible de la inversión.

1.2.3. Actividades industriales de producción, a partir de biomasa, de pellets, astillas o briquetas destinados para la generación de energía eléctrica o térmica. Podrá subvencionarse hasta un máximo del 40% del coste elegible de la inversión.

2. Optimización y desarrollo de las infraestructuras energéticas:

2.1. Infraestructura eléctrica. Con carácter general, y salvo excepción debidamente motivada, podrá subvencionarse hasta un máximo del 40 % del coste elegible de la inversión.

2.1.1. Líneas eléctricas de distribución y suministro en el medio rural, tanto en alta como en baja tensión.

2.1.2. Centros y subestaciones de transformación, incluida toda su aparamenta, en el medio rural.

2.2. Infraestructura gasista. Con carácter general, y salvo excepción debidamente motivada, podrá subvencionarse hasta un máximo del 40 % del coste elegible de la inversión.

2.2.1. La implantación de suministro de gas canalizado en aquellos municipios de Aragón que carezcan del mismo, y que contribuyan a los objetivos de la planificación energética regional.

2.2.2. La sustitución de plantas satélites de GNL o GLP cuando la red local se conecte a la red de Transporte de Gas Natural.

3. Inversiones en materia de investigación y desarrollo, cuyo objeto sea el uso eficiente de la energía y el aprovechamiento de las fuentes de energías autóctonas y renovables, incluidos nuevos proyectos de producción y aprovechamiento de hidrógeno usando fuentes autóctonas y renovables. Podrá subvencionarse hasta un máximo del 20 % del coste elegible de la inversión.

 

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Última actualización: 6 de febrero de 2013

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