Cámara de Zaragoza

Obligaciones Fiscales de Empresarios y Profesionales

Obligaciones Fiscales de Empresarios y Profesionales

Iniciar una actividad económica empresarial o profesional,origina un conjunto de obligaciones fiscales de carácter estatal. Algunas anteriores al inicio de la actividad y otras que deben cumplirse durante su desarrollo.

Estas actividades económicas pueden realizarse por personas físicas (autónomos), personas jurídicas (entidades mercantiles) o por entidades sin personalidad jurídica(sociedades civiles y comunidades de bienes).

Con carácter general, antes de iniciar una actividad económica debe presentarse declaración censal, modelos 036 ó 037. El modelo 840 del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) lo presentarán sólo aquéllos que no estén exentos del pago del Impuesto, y antes del transcurso de 1 mes desde el inicio de la actividad.

Iniciada la actividad, los ingresos percibidos por autónomos y entidades sin personalidad jurídica, tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF (pagos fraccionados y declaración anual). Las sociedades mercantiles tributan por el Impuesto sobre Sociedades, IS(pagos fraccionados y declaración anual).

Además, se deben cumplir las obligaciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), declaraciones informativas (operaciones con terceros, declaración anual de retenciones, etc.) y otras que correspondan, en función de las actividades desarrolladas.

Ver información completa en pdf.

Jornada: Notificaciones electrónicas en Seguridad Social y Agencia Tributaria

Última actualización: 22 de marzo de 2013

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