Cómo resolver conflictos sin llegar a los tribunales

Cámara de Zaragoza

Cómo resolver conflictos sin llegar a los tribunales

Existe una forma de no llegar a los tribunales a la hora de resolver un conflicto entre empresas: la mediación y el arbitraje. Para ello, las Cámaras de Comercio aragonesas y Colegios de Abogados, Notarios, Economistas, Ingenieros Industriales, Ingenieros Técnicos en Informática y Administradores de Fincas, impulsaron en 2008 la Corte Aragonesa de Arbitraje y Mediación, que tiene su sede en la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza.

Socios de una empresa que ya no comparten una visión común y deciden separarse, problemas de sucesión en empresas familiares, desavenencias en una relación contractual, conflictos empresariales y civiles que requieran especial confidencialidad… Son casos que pueden resolverse a través de estos sistemas.

Una de las principales ventajas de la mediación y el arbitraje es la rapidez: la ley establece un plazo de seis meses para dictar el laudo, mientras que en la actualidad los procesos judiciales se alargan en el tiempo, provocando un lastre en el tejido empresarial. También son sistemas más económicos, sencillos y flexibles que la justicia tradicional.

Además, los árbitros y mediadores integrados en el censo de la Corte
Aragonesa de Arbitraje son personas de reconocido prestigio en el campo jurídico y económico, con muchos años de experiencia y formación específica y especializada en distintas materias, capaces de conocer y resolver las controversias que surjan con total imparcialidad y alta competencia profesional.

La garantía de confidencialidad es otra de las ventajas de la mediación y el arbitraje, algo que facilita que la relación entre las empresas no llegue a deteriorarse, pues salvaguarda la imagen empresarial y evita que terceros se enteren de determinados problemas. El procedimiento garantiza la plena igualdad de oportunidades y el respeto hacia los puntos de vista de cada parte, para que las empresas encuentren una solución amistosa y flexible a
sus diferencias, sin que sus relaciones comerciales se vean necesariamente alteradas. Y, por supuesto, es un método efectivo, con fuerza legal, pues produce los mismos efectos que una sentencia judicial, obligando a la parte condenada a cumplir la decisión emitida por el árbitro.

Ambos métodos son rápidos y eficaces, pero no son iguales. En la mediación el mediador puede proponer soluciones aunque serán finalmente las partes las que decidan la resolución del problema, es decir, lo que diga el tercero no es vinculante. Sin embargo, en el arbitraje, el tercero dictará un laudo (como una sentencia) resolviendo sobre la disputa, y ese laudo será de obligado
cumplimiento para las partes. Si una de las partes no cumple, la otra podrá acudir a un tribunal para que obliguen al cumplimiento.

Para que las empresas comprueben estas ventajas y se animen a utilizar los servicios de mediación y arbitraje, la Corte Aragonesa también pone a su disposición un servicio gratuito de orientación al arbitraje. Consiste en convocar a las partes a una reunión voluntaria y sin compromiso para valorar las posibilidades de solucionar el conflicto mediante arbitraje. En dicha reunión, personal especializado de la Secretaría de la Corte analiza, junto con los interesados o sus asesores, el asunto en cuestión y, de ser viable e interesar su resolución mediante arbitraje, realiza una estimación inicial del tiempo de duración y coste del mismo.

Última actualización: 27 de abril de 2022

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