Cámara de Zaragoza
Convocatoria de subvenciones a fondo perdido con destino a empresas turísticas
El BOA de 10 de enero de 2016, publica la Orden 1953/2016, de 7 de diciembre, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la ejecución de determinadas infraestructuras turísticas.
Beneficiarios:
Las Pequeñas y Medianas empresas turísticas en adelante PYMES, que realicen efectivamente su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y se encuentren inscritas en el registro de establecimientos turísticos según la normativa vigente.
Actuaciones subvencionables:
Aquellas que contribuyan al desarrollo de actuaciones que supongan una modernización, impulso y mejora de la calidad de las infraestructuras turísticas aragonesas.
Podrán ser objeto de subvención las inversiones realizadas por los establecimientos turísticos, si bien en el caso de los establecimientos de restauración, únicamente se incluirán aquéllos que formen parte de un complejo hotelero.
No se considerarán proyectos subvencionables las actuaciones realizadas en bares y establecimientos de similar condición que no incorporen oferta de alojamiento, así como las realizadas en viviendas de uso turístico o en agencias de viajes.
Cuantía:
La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 20% o 30% de los gastos subvencionables descritos en el apartado octavo de la orden. Sin que su cuantía pueda ser inferior a mil euros (1.000 euros) ni superior a cien mil euros (100.000 euros).
Última actualización: 13 de enero de 2017
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