Cámara de Zaragoza

Subvenciones del programa Emprendedores en Aragón

SUBVENCIONES DEL PROGRAMA EMPRENDEDORES EN ARAGON

DESCRIPCION DE LA AYUDA

Beneficiarios y ámbito

  1. Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que se hayan establecido en Aragón como trabajadores autónomos de forma individual o a través de una sociedad civil. La fecha de inicio de la actividad debe encontrarse  entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2012.
  2. Microempresas independientes de nueva creación establecidas en Aragón calificadas como MILE (Microempresas-  iniciativas Locales Emprendedoras). La fecha de inicio de la actividad debe encontrarse  entre el 4 de mayo y el 30 de septiembre de 2012.
  3. Personas perceptoras de la prestación de desempleo en su modalidad de pago único que ejerzan la activad en Aragón. La fecha de inicio de la actividad debe ser anterior al 30 de septiembre de 2012.

Actuación subvencionable y plazos para presentación de solicitudes

  1. Establecimiento como trabajador autónomo. El plazo de presentación de solicitud es de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de inicio de actividad.
  2. Subvención financiera (reducción de los intereses de préstamos destinados a financiar inversiones). El plazo es de un mes a contar desde la fecha más reciente de entre las dos siguientes: fecha de inicio de actividad o fecha de formalización del préstamo.
  3. Subvención en asistencia técnica (financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha del proyecto de autoempleo o de la MILE, de servicios externos de asesoramiento). El plazo de presentación de solicitud es en los doce meses posteriores a la fecha de inicio de actividad.
  4. Subvención para formación (financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación recibidos durante la puesta en marcha del proyecto de autoempleo o de la MILE con el fin de cubrir las necesidades formativas). El plazo de presentación de solicitud es en los doce meses posteriores a la fecha de inicio de actividad.
  5. Creación de empleo estable. El plazo de presentación de solicitud es de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la seguridad social de los promotores, trabajadores o socios trabajadores que generasen el derecho a la subvención.
  6. Contratación de expertos técnicos cualificados por parte de una MILE. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la seguridad social del experto contratado.
  7. Abono de las cuotas a la seguridad social, íntegras o en parte, de aquellos emprendedores que hayan percibido la totalidad de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, por el valor actual del importe total de la prestación. Se presentarán por trimestres naturales vencidos y pagados, y en el plazo de los dos meses siguientes a contar desde el vencimiento de cada uno de dichos trimestres.

Fuentes de información

Bases reguladoras: Decreto 111 /2012 de 24 de abril, del Gobierno de Aragón.

Convocatoria: Orden de 3 de julio de 2012 del Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón.

Última actualización: 19 de noviembre de 2012

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