Cámara de Zaragoza

Subvenciones para Emprendedores del Gobierno de Aragón 2023-24

Programa Emprendedores del Gobierno de Aragón

Esta ayuda económica está diseñada para apoyar proyectos de autoempleo que faciliten a personas provenientes del desempleo su establecimiento como trabajadores autónomos en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo de 2023-2024.El programa Emprendedores está subvencionado por el Gobierno de Aragón a través del INAEM.

¿Quién puede solicitarla?

TIPOS DE SUBVENCIONES

  1. Subvención al establecimiento como persona trabajadora autónoma.
  2. Subvención para el fomento del relevo generacional.
  3. Subvención Cuota Cero para financiar las cuotas de cotización a la Seguridad Social abonadas por las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.
  4. Subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de personas trabajadoras autónomas colaboradoras.
  5. Subvención por la contratación de la primera persona trabajadora por cuenta ajena por parte de una persona trabajadora autónoma.
  6. Subvención financiera para reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones y otros gastos necesarios para la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad.

Cuantías económicas caso de autoempleo

Supondrá un incremento de un 10% en los siguientes supuestos:

Requisitos imprescindibles

Acreditación del inicio de actividad

El inicio de la actividad se acreditará mediante la presentación del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el Censo de Obligados Tributarios, así como del parte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o, en su caso, en la Mutualidad que tenga establecida el correspondiente Colegio Profesional, considerándose como fecha de inicio la consignada en la casilla correspondiente de ambos documentos.

En caso de no coincidir las fechas de referencia citadas, prevalecerá la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, salvo en el supuesto de Sociedades Civiles en que se considerará para cada socio, la fecha de inicio de actividad que figura en el impreso de solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o, en su caso, en la Mutualidad que tenga establecida el correspondiente Colegio Profesional.

Plazo de presentación de solicitudes

Subvención para el establecimiento como trabajador autónomo: en el mes siguiente a la fecha de inicio de la actividad.

Última actualización: 19 de abril de 2024

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