#EmpresaEnMarcha

Empresa en Marcha: Cámara Zaragoza y la crisis del Covid-19

Acuerdos del Consejo de Ministros del 24 de marzo de 2020.

I. Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Prórroga Estado de Alarma.

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar del Congreso de los Diputados autorización para prorrogar el Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Dicha prórroga se solicita hasta las 00:00 horas del día 12 de abril y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.

Modificación prohibición de los vuelos directos entre la república italiana y los aeropuertos españoles.

Dada la evolución de la epidemia y con objeto de facilitar el regreso desde Italia a España de los ciudadanos españoles y de aquellos que se encuentren registrados como residentes en España, se hace necesario modificar el Acuerdo de 10 de marzo de 2020 que prohibía los vuelos directos entre ambos países, para incluir esta situación entre las excepciones contemplada.

II. Derechos Sociales y Agenda 2030.

Distribución del fondo social extraordinario para hacer frente a situaciones derivadas del covid-19.

Se recoge  la distribución por comunidades autónomas del Fondo Social Extraordinario dotado con 300 millones de euros aprobado por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Los recursos de este Fondo, que se transferirá a las comunidades autónomas, solo puede utilizarse para hacer frente a situaciones derivadas del COVID-19.

Ayudas para alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad debido al cierre de centros educativos por el covid-19.

25 millones de euros, destinado a ayudas que garanticen el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad.

Las ayudas podrán consistir en transferencias económicas directas o la prestación directa de distribución de alimentos.

Serán beneficiarias las familias con alumnado desde educación infantil hasta secundaria a quienes las comunidades autónomas o los servicios sociales municipales hayan concedido becas o ayudas para el comedor escolar durante el presente curso académico.

III. Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Línea de avales para garantizar la liquidez de autónomos y empresas.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo que recoge las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros, de la Línea de Avales para empresas y autónomos, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Con este objetivo, la Línea de Avales garantizará los nuevos préstamos y las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

Esta Línea será gestionada por el Instituto de Crédito Oficial, en colaboración con las entidades financieras.

Beneficiarios. Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

Retroactividad. Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.

Cuantía. El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes.

Para el resto de empresas, el aval cubrirá el 70% del préstamo nuevo concedido y el 60 de las renovaciones.

Vigencia del aval. El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de cinco años.

Plazo de solicitud. Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020. Para ello, deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.

Estos acuerdos se pueden consultar en:

Acuerdos del Consejo de Ministros del 24 de marzo de 2020.

 

Contactar

Foto Empresa en Marcha

Empresa en Marcha

Comunicación
976 30 61 61 (ext. 152)
empresaenmarcha@camarazaragoza.com