Normativas publicadas en el BOE/BOA de 17 de abril de 2020.
NORMATIVA ESTATAL
Las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, establece que los proyectos, deben ser autorizados por la autoridad competente y que las autorizaciones de proyectos se concederán por un período máximo de cinco años.
Debido a la situación del estado de alarma es previsible que dichos proyectos, ya autorizados, no puedan llevarse a cabo en el plazo previsto. Por ello, y a fin de que no sea necesario solicitar una nueva autorización en el caso de aquellos proyectos ya autorizados cuyo plazo de cumplimiento se encuentre en las próximas semanas, en estos casos es conveniente prorrogar dichas autorizaciones hasta que la situación se normalice.
En esta Orden se autoriza a las Unidades NBQ de las Fuerzas Armadas y a la Unidad Militar de Emergencias, dentro de las actuaciones generales de desinfección de espacios, tanto públicos como privados, que con ocasión de la situación del estado de alarma vienen realizando las citadas unidades, a utilizar aquellos biocidas del grupo principal 1, descritos en el artículo 1.1 del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio. Asimismo, se autoriza a las unidades señaladas a la utilización de procedimientos de desinfección aérea.
La evolución de la situación de la crisis sanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma obliga a adaptar y modificar el procedimiento de notificación de la información epidemiológica que las comunidades autónomas deben remitir a este Departamento, para asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis. A este respecto, es precisa la modificación del Anexo I de la Orden SND/234/2020, de 15 de marzo, en lo referido únicamente a las tablas de datos correspondientes a información epidemiológica y a contratación de los recursos humanos, permaneciendo el resto del Anexo I inalterado.
Esta resolución flexibiliza las condiciones en que ha de ejecutarse temporalmente la formación profesional para el empleo sin que ello vaya en detrimento de la eficacia que ha de mantener en aras a fortalecer la empleabilidad de los trabajadores y trabajadoras y la competitividad de las empresas.