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Empresa en Marcha: Cámara Zaragoza y la crisis del Covid-19

Normativas publicadas en el BOE/BOA de 2 de junio de 2020

NORMATIVA ESTATAL

1. Orden SND/487/2020, de 1 de junio, por la que se establecen las condiciones a aplicar en las fases 2 y 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad en materia de servicios aéreos y marítimos.

Esta orden tiene por objeto establecer medidas en los ámbitos de la aviación civil y marina mercante, en aplicación del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de abril de 2020, para las unidades territoriales que se encuentren en la fase 2 o 3.

2.Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se acuerda la continuación en la tramitación de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de exenciones de la obligatoriedad de utilización del servicio portuario de practicaje, en aplicación del apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Se acuerda la continuación de la tramitación de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de exenciones de la obligatoriedad de utilización del servicio portuario de practicaje, previsto en la Orden FOM/1621/2002, de 20 de junio.

 

NORMATIVA AUTONÓMICA. BOA 2 junio de 2020.

3. ORDEN ICD/417/2020, de 26 de mayo, por la que se convocan subvenciones con destino a entidades privadas turísticas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística.

Esta orden tiene por objeto la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas destinadas a financiar actuaciones en materia de turismo que sean realizadas por entidades privadas sin ánimo de lucro. La convocatoria comprende las actuaciones relativas a la implantación, por las distintas entidades sin ánimo de lucro, de protocolos de seguridad e higiene sanitaria sobre prevención de riesgos para la salud frente a la covid-19 que garantice la necesaria protección y confianza a los turistas.

Como novedad a destacar, y dada la condición de persona jurídica de los beneficiarios de la convocatoria, esta Orden establece la obligación de tramitar electrónicamente la presentación de la solicitud de subvención.

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