Normativas publicadas en el BOE/BOA de 14 de mayo de 2020.
NORMATIVA ESTATAL
Las tripulaciones de vuelo de los operadores de transporte aéreo comercial tienen que realizar anualmente a una verificación de línea con el objeto de demostrar que son competentes para llevar a cabo las operaciones normales de línea. Estas verificaciones son llevadas a cabo por comandantes con elevada experiencia designados por el operador. Como consecuencia de la situación actual, los comandantes que realizan las verificaciones tienen dificultades para viajar a los lugares donde se encuentran las tripulaciones que tienen que realizar la verificación en línea.
Como resultado de estas circunstancias imprevistas es necesario aplicar esta exención a los operadores de transporte aéreo comercial para asegurar una cierta continuidad del nivel de su operación.
A través de esta línea de ayudas, el Ministerio de Cultura y Deporte apoya decididamente la creación, el desarrollo y la modernización de las industrias culturales y creativas como un sector de crecimiento dentro de un nuevo modelo económico basado en la innovación.
Los plazos de cierre de matrícula de la convocatoria no se alteran, de forma que las matrículas de todas aquellas personas, realizadas en plazo, para la convocatoria de examen del primer semestre de 2020, serán automáticamente transferidas para la convocatoria siguiente.
NORMATIVA AUTONÓMICA. (BOA 14 de mayo de 2020)
En esta fase que se inicia en Aragón, se prevé la apertura de centros de servicios sociales especializados dedicados a la prestación de servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y en situación de dependencia. Además, se considera conveniente permitir las salidas a las vías públicas o espacios de uso público a las personas residentes en centros de servicios sociales especializados de atención a la discapacidad, por cuanto, estas personas no se hallan en la prohibición contenida en el punto 5 de la medida 2 de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, así como reanudar la prestación de los servicios de podología y comedor y uso de estancias comunes en los centros de servicios sociales especializados de naturaleza residencial. Si bien, todas estas medidas están condicionadas al cumplimiento de unos requisitos mínimos, así como de las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
Se levanta la suspensión de plazos y la continuación de los procedimientos administrativos especificados en el artículo 1 de esta Orden.
Debido a la situación de crisis sanitaria, se acuerda para esta concreta convocatoria de subvenciones la ampliación, tanto del periodo subvencionable de los proyectos de investigación, como del plazo de justificación de las subvenciones, previstos en la orden de convocatoria.