COMERCIO
Floristería que desea saber si el día de la Madre, 3 de mayo, vamos a poder trabajar en la tienda, ¿solo on line o también presencial?.
Las floristerías no se encuentran entre las excepciones de suspensión de la apertura al público que contempla el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ya que las flores no forman parte de la categoría de productos que se consideran bienes de primera necesidad.
En consecuencia, durante el periodo de vigencia del estado de alarma la venta de flores únicamente puede realizarse a través del comercio por internet, telefónico o por correspondencia, actividad cuya continuidad sí se permite en el citado artículo.
Si bien, la última prórroga del estado de alarma abarca hasta el día 26 de abril de 2020, habrá que estar a la espera de la posible prórroga de esta situación o en su caso la nueva normativa que regule las diferentes actividades. Por el momento esta es la situación actual para las floristerías y así ha quedado recogido en la página web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
La floristería está en Teruel. ¿Puedo ir al vivero situado en Zaragoza a por la compra de material?
En el caso de que vaya a realizar la venta por alguno de los medios indicados y necesite efectuar la compra del material, deberá ponerse en contacto con el vivero, ya que también tienen restringida la apertura al público, debiendo éstos indicarle como están gestionando el envío de las mercancías de acuerdo con la normativa vigente.
Pastelería con el negocio cerrado. Necesito saber la normativa sanitaria para organizar la tienda y si pueden mandarme algún cartel informativo para colocar en el establecido para el cumplimiento de las normas.
En relación con su consulta, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha publicado una guía de buenas prácticas para los establecimientos del sector comercial.