NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 345, del 15 al 21 de febrero de 2016
Toma nota  

El medio de pago -cobro para el vendedor-, no puede estar predeterminado siempre, sin embargo es conveniente analizar la idoneidad de los diversos medios de pago internacional en función de diversas casuísticas y tipos de mercado.

Podríamos resumir los elementos que influyen en la elección del medio de pago en:

  1. Situación política y económica de los mercados
  2. Grado de confianza
    La confianza y el conocimiento mutuo entre las partes que intervienen en la operación influye en el momento de elegir un medio de pago u otro.
  3. Iniciativa para cancelar la deuda
    Se tendrá que analizar si la financiación la da el comprador, o bien es el importador quien anticipa los fondos financiando al vendedor.
    La elección de un caso u otro dependerá de la situación del mercado, tanto por la parte del comprador como por la parte del vendedor, dependiendo de la situación en que se encuentre cada uno.

Los distintos medios de pago nos definen un aspecto de confianza entre comprador y vendedor.

Esta confianza dependerá de diversos factores que van desde la experiencia y el conocimiento mutuo que exista entre comprador y vendedor hasta la posición de fuerza de alguna de las partes. La confianza con relación al medio de pago nos viene dada por el vendedor y las características del mercado en el cual está efectuando la venta. Es decir, independientemente de la posición del comprador, la elección de una forma de pago u otra implica una confianza del vendedor frente al comprador.

En el comprador, la confianza aparece cuando, elegido uno u otro medio de pago, éste se efectúa por anticipado, es decir, ha de confiar en que el vendedor le efectúa la entrega de las mercancías o servicios en la calidad y tiempo pactados.

• Los medios de pago en los que la confianza es máxima son: 

  • El cheque personal 
  • El cheque bancario 
  • La transferencia u orden de pago simple
  • La remesa simple

 
• Los medios de pago en los que la confianza es media son:

  • La orden de pago documentaria 
  • La remesa documentaria

• Los medios de pago en los que la confianza es mínima son:

  • El crédito documentario

La confianza nos viene definida porque el comprador espera y confía en la obligación que tiene el vendedor en uno u otro medio de pago para liquidar la operación.

Así, en los medios de pago de confianza máxima, el pago dependerá de la acción que ejecute el vendedor para liquidar la operación y que no está en manos del comprador.

En los medios de pago con confianza media, si el comprador no efectúa el pago, o acepta un giro a su cargo, no podrá obtener los documentos que le den la posesión de las mercancías. Es decir, este medio de pago implica un intercambio de los documentos contra entrega de los fondos -o contra aceptación de un giro- y el perfeccionamiento del contrato depende de las dos partes.

En los créditos documentarios, estamos con el caso de confianza mínima entre comprador y vendedor. En este medio de pago, quien adquiere el compromiso de liquidar la operación comercial no es el comprador sino una entidad financiera.

Los medios de pago nos definen un aspecto de garantía de liquidación de la operación.
Esta mayor o menor garantía en la liquidación de la operación es la que el vendedor asume ante el comprador. La garantía que el vendedor asume depende de dos factores:

  • La confianza que el vendedor tenga con el comprador en la cancelación de la deuda
  • La garantía que nos ofrece el propio medio de pago.

En el comprador la garantía que puede ofrecer un medio de pago u otro no le influye en la liquidación de la operación comercial ya que, elegido uno u otro medio de pago, si el mismo se efectúa por anticipado, debe confiar en que el vendedor le efectuará la entrega de las mercancías o servicios en la calidad y tiempo pactados.

  • Medios de pago en los que la garantía es mínima son:
    o el cheque personal
    o el cheque bancario
    o la transferencia u orden de pago simple
    o la remesa simple
  • Los medios de pago en los que la garantía es media son:
    o la orden de pago documentaria
    o la remesa documentaria
  • Los medios de pago en los que la garantía es máxima son:
    o el crédito documentario

La garantía viene definida por la obligación que tiene el vendedor en uno u otro medio de pago de liquidar la operación. Así, en los medios de pago de garantía mínima, la liquidación de la operación comercial depende de la acción que ejecutará el vendedor y no está en manos del comprador, ya que será él quien emitirá el cheque personal o irá a su entidad financiera a solicitar un cheque bancario, ordenar una transferencia o liquidar una remesa simple a su cargo.

En los medios de pago de garantía media, la liquidación de la operación depende tanto del comprador como del vendedor, ya que el medio de pago lleva implícito el intercambio de los documentos necesarios para que el comprador pueda hacerse con la propiedad de las mercancías compradas.

En el caso de garantía máxima, también existe también existe este intercambio documental, aunque quien adquiere el compromiso de pago es una entidad financiera y no el comprador

La negociación del medio de pago dependerá además de la confianza y garantía, aspectos ya analizados, de la práctica habitual y casuística en cada uno de los mercados, cuestiones que analizaremos a través de experiencias y casos prácticos en el seminario técnico: Las formas de pago internacional en función de los mercados de destino que la Cámara de Comercio de Zaragoza organiza el próximo 24 de febrero.