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¿Cuales son mis obligaciones tributarias del IS?

El IS grava la renta de los sujetos pasivos residentes en todoel territorio español. Deben presentar declaración del IS aunque no hayan desarrollado actividades durante el periodo impositivo o no hayan obtenido rentas sujetas al Impuesto.

Son residentes en territorio español las entidades en las que se cumpla alguno de los siguientes requisitos:

• Que se hubiesen constituido conforme a las leyes españolas.

• Que tengan su domicilio social en territorio español.

• Que tengan la sede de dirección efectiva en territorio español (cuando en él radique la dirección y control del conjunto de sus actividades).

En la Comunidad Foral de Navarra y en los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco se aplica el IS según el régimen de Convenio y Concierto Económico, respectivamente.

Están sujetas al IS las entidades con personalidad jurídica propia, excepto las sociedades civiles (tributan por el régimen de atribución de rentas). Se incluyen, entre otras:

• Las sociedades mercantiles (Anónimas, Limitadas, Colectivas, Laborales, etc.).

• Las sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.

• Las sociedades cooperativas.

• Las sociedades unipersonales, agrupaciones de interés económico.

• Asociaciones, fundaciones e instituciones, tanto públicas como privadas y los entes públicos.

Están también sujetas al IS (sin personalidad jurídica propia):

• Las uniones temporales de empresas.

• Los fondos de pensiones, inversión, capital-riesgo, regulación del mercado hipotecario, titulización hipotecaria, titulización de activos y de garantía de inversiones.

• Las comunidades de titulares de montes vecinales en mano común.

• Las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT).

No son sujetos pasivos del IS y tampoco tributan en impuesto sobre la renta alguno, determinados entes sin personalidad jurídica (herencias yacentes, comunidades de bienes, etc.) y las sociedades civiles, salvo las SAT. Tributan en el régimen de atribución de rentas: las rentas obtenidas por la entidad (la obtención de rentas la realiza materialmente la propia entidad, que además es sujeto pasivo del IAE y del IVA), se atribuyen a los socios, herederos, comuneros o partícipes.

Hay excepciones a la obligación de declarar. Gozan de exención total determinados entes del sector público (Estado, CCAA, Entidades Locales y sus organismos autónomos, entidades gestoras de la Seguridad Social, Banco de España, etc.). Otras entidades están parcialmente exentas (entidades e instituciones sin ánimo de lucro, benéficas o de utilidad pública, organizaciones no gubernamentales, cámaras oficiales, sindicatos, partidos políticos, etc.).

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Ver Fuente Agencia Estatal

 

Última actualización: 27 de febrero de 2013

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