Cámara de Zaragoza

¿Tengo que indicar el país de procedencia de un artículo que importo?

El Real Decreto 1468/1988 que aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a los consumidores y usuarios indica que hay que en general sí que poner el lugar de procedendia.

«7.8 Se deberá, además, indicar el lugar de procedencia u origen, en el caso de que su omisión pudiera inducir a error al consumidor, en cuanto el verdadero origen o procedencia del producto. Los productos importados de terceros países no firmantes del Acuerdo de Ginebra sobre obstáculos técnicos al comercio de 12 de abril de 1979, deberán hacer constar en su etiquetado el país de origen.»

Quedan excluidos de este reglamento, por tener legislación específica, los cosméticos y productos sanitarios, farmacéuticos, alimenticios, artesanos, obras de arte o antigüedades, o todos aquellos productos industriales que tengan normativa específica en esta materia, tal como algunas Directivas como la de juguetes que indican que hay que poner la dirección completa del fabricante de fuera de la Unión Europea.

Más información

Última actualización: 28 de septiembre de 2011

¿Tienes alguna duda?
Contacta y te la resolvemos

Atención al cliente Cámara Zaragoza

Atención al cliente Cámara Zaragoza

Sede Central
(+34) 976 30 61 61
at.cliente@camarazaragoza.com

Inscripción a la agenda

Enviar consulta