Sobre Cámara
Información institucional
Normativa
- Ley 4/2014, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria , Servicios y Navegación.
- Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón.
- Reglamento Régimen Interior Cámara Oficial de Comercio , Industria y Servicios de Zaragoza
Funciones
- Artículo 5 de la ley 4/2014, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria , Servicios y Navegación.
- Artículo 5 de la Ley 3/2015, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón.
Estructura organizativa
Órganos de Gobierno:
– Pleno:
La Cámara está regida por un Pleno compuesto por 40 vocales, elegidos entre el Censo de las 70805 empresas de nuestra provincia y distribuidos en 15 Grupos que representan las diferentes actividades económicas.
La composición del Pleno es la siguiente: Pleno de la Cámara.
– Comité Ejecutivo:
Es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara.
La composición del Comité Ejecutivo es la siguiente: Comité Ejecutivo de la Cámara.
– Presidente:
El Presidente es el órgano de gobierno que ostenta la representación de la Cámara y ejerce la presidencia de todos sus órganos colegiados. Es el responsable de la ejecución de los acuerdo del Pleno y del Comité Ejecutivo.
El actual Presidente de la cámara de Zaragoza es D. Jorge Villarroya Greschuhna.
– Personal:
Niveles
Nivel E. Lo ocupa el Secretario/a General de la Cámara en cada momento.
Nivel 0. Lo ocupa el Subdirector/a y/o Vicesecretarios/as que puedan existir en la Cámara en cada momento.
Nivel 1. Cargos de dirección de libre designación. Requiere un grado universitario y/o amplia experiencia. Competencias de gestión. Es responsable de los resultados de un área. Tiene personal técnico y / o administrativo a su cargo.
Nivel 2. Requiere un grado universitario y/o amplia experiencia. Competencias de gestión. Es responsable de los resultados de un servicio. Puede tener personal técnico y/o administrativo a su cargo. Puede ser de libre designación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del presente Convenio.
Nivel 3. Los requisitos son similares al nivel 2, pero su responsabilidad está referida a un proceso o a un proyecto. Autonomía alta de trabajo.
Nivel 4. Requiere un grado universitario y/o amplia experiencia. Competencia técnica alta. Autonomía media de trabajo.
Nivel 5. Requiere grado superior o medio en FP o grado universitario y/o experiencia. Competencia técnica media. Supervisión directa de un responsable.
Nivel 6. Requiere grado superior o medio en FP o experiencia. Su labor consiste en trabajos administrativos. Supervisión directa de un responsable.
Nivel 7. Requiere formación básica o experiencia. Su labor consiste en trabajos administrativos sencillos o de apoyo.
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