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Importamos materias prima de hierro y acero de India y de China…
Pregunta
Importamos materias prima de hierro y acero de India y de China. ¿Cómo puedo saber si me afecta la nueva normativa medioambiental CBAM? ¿Qué obligaciones tengo como empresa importadora del sector?.
Respuesta
Los sectores afectados inicialmente por el CBAM son: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, hidrógeno y la electricidad. Los productos concretos de estos sectores que están bajo el alcance del CBAM se pueden encontrar en el Anexo I del Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo del de 10 de mayo de 2023 por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono
Por lo tanto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33.1 del Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023, por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono los productos con los que comercializáis habitualmente están afectados (HS codes: 73.07 y 73.26)
De momento estamos en periodo transitorio. El CBAM se ha empezado a aplicar (desde el 1 de octubre de 2023) y el pasado 31 de enero de 2024 finalizó el primer periodo de declaración para los importadores.
No obstante, ya tenéis la obligación de presentar a la Comisión un informe («informe MAFC») relativo a las mercancías importadas durante cada trimestre del año natural.
Los informes durante el periodo transitorio son trimestrales. El primer informe recopilará los datos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2023 y tendrá que presentarse a más tardar el 31 de enero de 2024, y así seguidamente. Hasta el 31 de julio de 2024, los declarantes podrán realizar ajustes posteriores a la presentación en los dos primeros informes.
La presentación de los informes se llevará a cabo a través del Registro Transitorio establecido por la Comisión Europea, accesible en: https://cbam.ec.europa.eu/declarant/
Última actualización: 23 de mayo de 2024
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