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Tras años realizando operaciones triangulares con un proveedor chino y un cliente brasileño…
Pregunta
Tras años realizando operacion
Respuesta
La información que debe figurar en una factura que se presenta en la aduana de Brasil (factura de export. o de import.) está regulada por el Decreto N° 6759 de 5 de febrero de 2009. En este Decreto se indica (Artículo 2º, I) que se deben identificar en la factura todas las personas involucradas en la transacción y en este punto enumera todas las posibilidades en función del tipo de operación de que se trate (copio literal):
I – identificação completa e endereço das pessoas envolvidas na transação: importador ou exportador; adquirente (comprador) ou fornecedor (vendedor), fabricante, agente de compra ou de venda e representante comercial;
Teniendo en cuenta que ya habéis realizado estas operaciones anteriormente y que se trata de una disposición preexistente (el Decreto es de 2009), entendemos que la referencia a la «identificación de las personas involucradas en la operación» se refiere a aquellas que operan en la aduana brasileña.
Por otro lado, respecto a la posible sanción: Según el mismo Decreto, se podrá imponer una multa del 1% del valor en aduana si el importador brasileño omite la información necesaria para realizar un procedimiento de control aduanero adecuado, incluida la identificación completa y la dirección del fabricante o exportador (opcional).
Última actualización: 23 de mayo de 2024
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